Líneas generales
En un contexto de emergencia, una prioridad clave consiste en garantizar el acceso al territorio, así como en brindar protección y asistencia inmediatas, lo que inicialmente suele hacerse mediante el registro (véase la entrada sobre el registro de emergencia).
Una vez que se garantiza este acceso inicial a la protección y a la asistencia, es importante considerar la manera en que se concederá un estatuto jurídico seguro a las personas recién llegadas y el proceso de concesión de dicho estatuto. El estatuto podría ser una condición de no refugiado (como la protección temporal) o una condición de refugiado mediante un enfoque de grupo o prima facie, o bien mediante una posible tramitación individual de DCR (incluso a través de una variedad de modalidades de tramitación). Si se opta por este último enfoque para conceder el estatuto, el proceso será a largo plazo y se prolongará más allá de la fase inicial de emergencia, dado que la tramitación individual de la DCR es, relativamente, demorada.
El hecho de considerar diversas cuestiones en torno al estatuto durante las primeras fases de una emergencia ayudará a garantizar:
- que los sistemas nacionales de asilo no se vean desbordados;
- que cualquier posible tramitación individual de DCR pueda realizarse con eficacia, incluso mediante un enfoque grupal o prima facie (véase la entrada sobre el enfoque prima facie de la condición de refugiado);
- que el ACNUR esté en condiciones de ejecutar su mandato en torno a la DCR si es necesario.
El tipo de consideraciones y respuestas de DCR apropiadas en un contexto de emergencia dependerá de muchos factores, incluida la existencia y eficacia de un sistema nacional de asilo.
Relevancia para operaciones de emergencia
Si bien es posible que la determinación de la condición de refugiado no sea el primer elemento de una respuesta de emergencia, la eficacia de los procedimientos nacionales para conceder el asilo incide en el espacio de protección en un sentido más amplio, incluida la voluntad y la capacidad de las autoridades para recibir a las personas recién llegadas. Un procedimiento nacional de asilo eficaz también puede permitir la rápida aplicación de procedimientos prima facie o grupales de determinación de la condición; lo cual permitirá a los refugiados tener la seguridad de la condición de refugiado y beneficiarse inmediatamente de los derechos contenidos en las convenciones y los instrumentos aplicables (véase la entrada sobre el enfoque prima facie de la condición de refugiado).
Las deficiencias en la identificación, el registro y la respuesta relativa a la DCR de las personas o grupos con riesgos urgentes de protección o vulnerabilidad, incluidos los que forman parte de movimientos mixtos, pueden comprometer su acceso a la protección y a una solución duradera. La eficacia de los procedimientos de DCR y la información precisa acerca del objeto, el alcance y la duración de estos o de otras formas de tramitación de casos puede contribuir a mitigar el riesgo de uso indebido del sistema de asilo, puede reducir los factores de repulsión o desalentar el movimiento de salida del país de acogida por otros motivos, así como reducir la inseguridad de las personas o grupos y del personal del ACNUR.
Cuando no existan procedimientos nacionales para conceder el asilo, puede ser necesario el reconocimiento de la DCR bajo mandato para abogar contra la devolución, proteger los derechos de los refugiados o facilitar el acceso a los servicios. Dicho reconocimiento puede realizarse tramitando casos individualmente mediante modalidades de tramitación diferenciadas, según sea factible y deseable (véase el documento “Ayuda memoria y glosario sobre las modalidades de tramitación de casos, términos y conceptos aplicables a la determinación de la condición de refugiado bajo el mandato del ACNUR”).
Guía principal
La determinación de la condición de refugiado (DCR) es el proceso para evaluar y decidir si un solicitante de asilo es o no una persona refugiada. Para que se los considere refugiados, los solicitantes de asilo deben cumplir los criterios de elegibilidad previstos en la Convención de 1951 o en el Protocolo de 1967, los instrumentos regionales relativos a los refugiados o las leyes nacionales de asilo (véanse las entradas sobre la definición de “refugiado”, la definición de “persona apátrida” y el mandato del ACNUR en favor de los refugiados, apátridas y desplazados internos). La responsabilidad de la DCR recae primordialmente en los Estados. En los países en los que las autoridades nacionales de asilo son responsables del proceso de asilo, las operaciones del ACNUR suelen prestar asesoramiento técnico para el proceso de análisis y toma de decisiones relativo a la determinación de la condición de refugiado, incluso durante situaciones de respuesta a emergencias. En virtud de su mandato, el ACNUR está facultado para determinar la condición de refugiado en ausencia de un sistema nacional de asilo justo y eficaz, siempre que ello se traduzca en protección, ya sea para el individuo afectado, para un grupo determinado o para el entorno de protección en general.
La condición de refugiado se establece de diversas maneras, incluidos los procedimientos grupales (a menudo prima facie), simplificados, fusionados o acelerados.
Respuesta de DCR en emergencias por afluencia masiva
En las emergencias por afluencia masivas, el objetivo es garantizar el acceso a la protección y la asistencia lo antes posible. En esos casos, es fundamental centrarse en el registro inicial (véase la entrada sobre el registro de emergencia). Luego, debe considerarse si es posible reconocer la condición de refugiado mediante la aplicación de un enfoque prima facie si se cumplen las condiciones pertinentes (véase la entrada sobre el enfoque prima facie de la condición de refugiado), o si es preferible brindar protección temporal (véase la entrada sobre protección temporal), siempre que esas opciones estén disponibles en el marco jurídico nacional. Al inicio de una emergencia, no suelen priorizarse los procedimientos de DCR individuales dado que suelen tomar bastante tiempo y, por ende, no se los considera el instrumento de protección más eficaz y conveniente en términos estratégicos.
Respuesta inmediata en la fase de emergencia
Una vez que se garantiza el acceso al territorio, es importante evaluar y definir rápidamente si, durante una fase posterior, se promoverá o se pondrá en marcha una respuesta de DCR y, en cuyo caso, de qué tipo, para garantizar una planificación adecuada. La decisión sobre la pertinencia y el tipo de respuesta de DCR debe tomarse con base en un análisis de la situación. La información necesaria para efectuar un análisis de situación incluye información pertinente y confiable sobre el país de origen, información sobre la población (o poblaciones) que solicita protección internacional y las causas de huida, así como información sobre el marco legislativo nacional. Esa información puede obtenerse a partir de un estudio documental, de la búsqueda de información sobre el país de origen y de entrevistas sobre registro y protección.
La decisión en torno a la modalidad que debe utilizarse para establecer el estatuto jurídico exige considerar, entre otros, los siguientes parámetros:
- Marco jurídico nacional para la DCR (incluida la disponibilidad del reconocimiento del estatuto grupal), otros mecanismos de protección y marco jurídico aplicable para la migración.
- Perfil de la población, incluidos los motivos de la huida, y sus necesidades de protección internacional.
- Uniformidad de la necesidad de protección internacional y la posibilidad de diferenciar entre personas que requieren protección internacional y las demás, o bien la posibilidad de distinguir entre categorías amplias de personas que necesitan protección internacional.
- Disposición política y práctica para adoptar un enfoque prima facie en pos del reconocimiento, un acuerdo de protección temporal o una respuesta de DCR individual utilizando modalidades de tramitación de casos diferenciadas.
- Capacidad (humana, material y de infraestructura) disponible para poner en marcha las diferentes respuestas y el tipo de mejoras necesarias.
Actividades que deben implementarse en todos los enfoques relativos a la determinación de la condición
Más allá de la modalidad elegida para la determinación de la condición, los colegas de protección deben colaborar estrechamente con las autoridades pertinentes de los sistemas nacionales de asilo o con los colegas del ACNUR en las operaciones bajo el mandato de la organización para la realización de las actividades a continuación.
- Identificar y remitir adecuadamente a las personas que no puedan solicitar asilo o que no sean admisibles por otras razones, incluidos los siguientes casos:
- Personas que tal vez sean ciudadanas del país de acogida.
- Combatientes activos, que deben ser desarmados y separados de los civiles por las autoridades del país de acogida. Estas personas no son admisibles en los procedimientos para solicitar asilo, ya que su situación es incompatible con la naturaleza civil y humanitaria del asilo (véase la entrada sobre el carácter civil y humanitario del asilo).
- Apoyar los procedimientos de registro para recopilar, registrar y analizar adecuadamente la información para facilitar la aplicación o planificación de una respuesta de DCR. Los datos recopilados durante el registro pueden conducir al reconocimiento de la condición de refugiado (si se utiliza un enfoque prima facie), o bien facilitarán la toma de decisiones sobre las modalidades de tramitación de los casos que deben aplicarse.
- Diseñar y poner en marcha un sistema eficaz y confidencial de gestión de datos y casos individuales, mediante una estrecha coordinación con el equipo de registro (véase la entrada sobre el registro de emergencia). El sistema debe coordinarse adecuadamente con las autoridades y otros actores pertinentes para que esté en consonancia con los sistemas gubernamentales o de gestión de casos del ACNUR en vigor.
- Diseñar y poner en marcha procedimientos de remisión y priorización de remisiones en torno a la DCR. Esos procedimientos deben diseñarse junto con otras dependencias funcionales y con socios externos, incluidos equipos de protección comunitaria, equipos médicos, consejeros en de protección, personal encargado de búsqueda de familias y los responsables de los procedimientos evaluación y determinación del interés superior, para garantizar que los casos se remitan con prontitud.
- Asegurarse de que haya instalaciones adecuadas para la tramitación de casos que ofrezcan confidencialidad. Dichas instalaciones deben poseer, como mínimo, un espacio de entrevistas individuales y uno de asesoramiento, equipos de apoyo (lo que incluye computadoras y acceso a internet), disposiciones para la seguridad del proceso, una zona de espera apta para niños y acceso controlado.
- Garantizar que a los solicitantes de asilo y a los refugiados se les informe periódicamente acerca del objeto, el alcance y la duración de las actividades relativas a la DCR. Durante la planificación de las actividades de información, cooperar con otros equipos del ACNUR, las autoridades nacionales de asilo y los socios externos para diseñar y poner en marcha campañas de información masivas y determinar qué mensajes se transmiten, cuándo y quiénes los difunden. Las actividades de información deben incluir mensajes de integridad y lucha contra el fraude, que, de modo progresivo, se deben transformar en un plan de lucha contra el fraude. Además de una campaña de información, debe considerarse la posibilidad de brindar asesoramiento individual y grupal. Asimismo, es importante mantener bien informados a todos los socios relevantes sobre los procesos de asilo, refugio y migración (véase la entrada sobre coordinación de la gestión de la información en emergencias y la de rendición de cuentas ante las poblaciones afectadas).
Consideraciones específicas para una respuesta individual de DCR
En los contextos en los que un enfoque prima facie no es viable y se requiere una tramitación individual de DCR, deben diseñarse una estrategia de DCR y un plan operacional que incluya un presupuesto. Esos documentos requerirían un sólido apoyo de los homólogos gubernamentales o una estrecha coordinación con la dirección y el programa para garantizar su inclusión en los planes operacionales generales, los presupuestos y los mecanismos de dotación de personal y de financiación.
La estrategia y el plan de tramitación deben cumplir con lo siguiente:
- Tener en cuenta a todas las personas o grupos seleccionados, considerando el contexto y el marco más amplio de la respuesta de protección.
- Indicar la modalidad de tramitación aplicable para lograr la eficacia prevista en el marco normativo de los Estados o en las operaciones bajo el mandato del ACNUR según los procedimientos establecidos en las “Normas procedimentales para determinar la condición de refugiado bajo el mandato de ACNUR” y el documento “Ayuda memoria y glosario sobre las modalidades de tramitación de casos, términos y conceptos aplicables a la determinación de la condición de refugiado bajo el mandato del ACNUR”.
- Incluir la primera instancia, las apelaciones y la reapertura de los casos.
- Estar en armonía con la estrategia general de protección, solución duradera y DCR del país.
- Incluir resultados y efectos claros, pero realistas, y el componente de dotación de personal vinculado, en el que se tenga en cuenta la necesidad de contar con una gestión suficiente que garantice una supervisión y una capacitación adecuadas.
- Incluir medidas para evitar el agotamiento del personal.
- Incluir medidas prioritarias de lucha contra el fraude (p. ej., mensajes de integridad) en la estrategia y el plan generales de DCR.
Al diseñar y poner en marcha una respuesta de DCR para el ACNUR o al asesorar a las autoridades nacionales de asilo, el personal de protección puede consultar las “Normas procedimentales para determinar la condición de refugiado bajo el mandato de ACNUR” o su lista de verificación para cerciorarse de que se tengan en cuenta todos los elementos críticos de una respuesta de DCR.
Consideraciones específicas en un contexto de DCR bajo mandato
La tramitación de casos de DCR bajo el mandato del ACNUR solo se lleva a cabo si se considera que es la herramienta más adecuada para ofrecer protección a personas o grupos en el país de asilo o para dar solución a su situación (véase la entrada sobre reasentamiento), y si se considera que su caso no puede resolverse en virtud de un procedimiento nacional de asilo. La decisión sobre si es necesario llevar a cabo una DCR bajo el mandato del ACNUR se toma con base en el análisis de la situación, sobre todo teniendo en cuenta el contexto de protección.
Fase posterior a la emergencia
En la mayoría de las situaciones, la tramitación de la DCR continuará durante la fase posterior a la emergencia, de conformidad con la estrategia y el plan de tramitación definidos durante la fase de emergencia.
Lista de verificación de DCR
Recopilar información sobre las causas del movimiento de población.
Definir si, durante una fase posterior, se promoverá o se pondrá en marcha una respuesta de DCR y, en ese caso, de qué tipo (basada en el enfoque grupal, prima facie o individual), o una respuesta de protección temporal para garantizar una planificación adecuada.
En situaciones en las que se requiera una tramitación individual de DCR, diseñe una estrategia de DCR preliminar y un plan operacional que incluya un presupuesto.
Puesta en práctica de una tramitación individual de DCR.
Estándares
Tiempo promedio de tramitación (en días) desde el registro hasta la decisión relativa al asilo en primera instancia
Este indicador básico de resultados mide el número de días promedio transcurridos desde la fecha de finalización del registro de la solicitud de asilo hasta la fecha de notificación de la decisión de asilo en primera instancia para todas las personas a quienes se notificó una decisión de DCR o asilo en primera instancia durante el periodo sobre el que se informa.
Proporción de personas que están llevando a cabo procedimientos de solicitud de asilo que tienen acceso a representación jurídica
Este indicador de básico de resultados se define como la proporción de personas en trámite para solicitar asilo que pueden ejercer el derecho a contratar los servicios de representantes legales cualificados para que les representen en los procedimientos para conceder el asilo, a su propio coste o a título gratuito, cuando dichos servicios estén disponibles.
Proporción de personas en trámite para solicitar el asilo que tienen acceso a un mecanismo de apelación eficaz tras la denegación de su solicitud en primera instancia
Este indicador básico de resultados se define como la proporción de solicitantes individuales en trámite para solicitar el asilo que tienen acceso a un mecanismo de apelación eficaz tras la denegación de su solicitud en primera instancia.
Políticas y directrices
Anexos
Contactos principales
Para cuestiones relacionadas con esta entrada, póngase en contacto con la Sección de Sistemas y Determinación de Asilo de la División de Protección Internacional (sede).
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