Líneas generales
En situaciones donde hay dos Estados involucrados, un nacional de un tercer país (TCN) es toda persona que no sea ciudadana de ninguno de los dos Estados. En el contexto de organizaciones regionales (p. ej., la Unión Europea), un nacional de un tercer país es un ciudadano de un Estado que no forma parte de la organización en cuestión.
Esta entrada se propone abordar específicamente la situación de los TCN que no son refugiados o solicitantes de asilo, pero que pueden encontrarse entre los grupos de estos que están en desplazamiento, incluso en contextos de movimientos mixtos. Con el fin de garantizar el respeto de los principios de protección de las personas refugiadas y los derechos humanos aplicables a toda persona, es importante comprender las diferencias que existen entre estas categorías.
Asimismo, al coordinar las respuestas a las crisis de refugiados, el ACNUR también ha empleado el término “nacional de un tercer país” de forma genérica para referirse a los migrantes que se han visto en la obligación de abandonar sus países de residencia a raíz de conflictos o desastres junto a afluencias masivas de personas, en su mayor parte constituidas por refugiados.
En periodos donde en un país se producen emergencias repentinas (p. ej. conflictos o desastres), los no ciudadanos, como los migrantes y otros TCN, pueden enfrentarse a dificultades particulares que les impidan abandonar el país de residencia.
En otras circunstancias (en las que no se esté frente a una emergencia), los migrantes que cruzan las fronteras internacionales por motivos de trabajo o de otra índole, pueden quedarse varados por diversas razones. Pueden perder sus documentos, ser deportados a un tercer país, carecer de los recursos para volver a casa o enfrentarse a otros problemas (véase también la entrada sobre migrantes).
Específicamente, los migrantes pueden verse en situaciones de vulnerabilidad que hagan de la asistencia y la protección una necesidad en varios puntos de su travesía. Se debe determinar sus necesidades en coordinación con los socios pertinentes y estas deben ser atendidas en concordancia con las normas internacionales.
Relevancia para operaciones de emergencia
Por lo general, los TCN no suelen ser el tipo de personas con las que trabaja o para las que trabaja el ACNUR, a menos que necesiten protección internacional o sean apátridas. Sin embargo, al igual que los TCN, los refugiados pueden verse atrapados en situaciones de desastres o crisis en los países a los que hayan huido, y pueden experimentar problemas y riesgos similares a los de los TCN que residen en esos mismos países.
Asimismo, identificar a los TCN en contextos de emergencia, sobre todo a aquellos que necesitan protección internacional o que están expuestos a vulnerabilidades específicas, puede resultar esencial para planificar respuestas adecuadas y dar cuenta de las entidades que tienen la responsabilidad de atender sus necesidades o la capacidad para hacerlo.
Guía principal
Objetivos de protección
- Garantizar que los refugiados y los solicitantes de asilo continúen disfrutando de los derechos inherentes a su condición jurídica, incluso en el caso de que una crisis (como un conflicto o un desastre natural) los obligue desplazarse entre fronteras.
- Asegurarse de que se identifique a los refugiados y a los solicitantes de asilo entre las corrientes migratorias mixtas y que se evalúen y atiendan sus necesidades de protección y asistencia.
- Cerciorarse de que el acceso a los procedimientos de asilo para aquellas personas que necesitan protección internacional no se vea obstruido ni entorpecido cuando los TCN soliciten socorro y ayuda.
- Distinguir a los TCN y garantizar su remisión al consulado pertinente con el fin de recibir protección y asistencia, incluida la evacuación a sus países de origen.
Principios y normas subyacentes
- ACNUR, “El regreso a sus países de origen de las personas que se considera que no necesitan protección internacional: el papel del ACNUR”, 2010
- Asamblea General de las Naciones Unidas, Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares
Riesgos para la protección
- En crisis a gran escala, es posible que las necesidades de protección de los solicitantes de asilo y de los refugiados no reciban suficiente atención, en especial cuando un gran número de TCN también precisan asistencia.
- Existe la posibilidad de que los refugiados y los solicitantes de asilo que huyen de su país de acogida por motivo de una crisis sean categorizados incorrectamente como TCN y, por tanto, repatriados (devueltos) a sus países de origen.
- Los procedimientos de asilo pueden verse sobrecargados debido a las solicitudes de socorro y de ayuda de TCN que no cumplen con los criterios para el reconocimiento de la condición de refugiado. Una presión de tales características sobre los sistemas de asilo de emergencia o de reciente creación puede hacer que las personas que necesiten asilo no puedan acceder a él.
- Los TCN pueden correr un mayor riesgo de apatridia, en especial cuando las personas carecen de vínculos con su país de origen y huyen tras un largo periodo de residencia en el país en situación de crisis.
Otros riesgos
- Los refugiados, solicitantes de asilo y TCN que huyen de situaciones de crisis a menudo necesitarán asistencia material y psicosocial inmediata para satisfacer sus necesidades más básicas. Esta asistencia se debe distinguir de la protección a largo plazo a la que tienen derecho los refugiados, los solicitantes de asilo y los apátridas.
- Cuando las crisis de gran envergadura provocan el desplazamiento de un gran número de TCN, el ACNUR podría verse imposibilitado de cumplir su mandato de protección si no puede distinguir a los refugiados y solicitantes de asilo de grandes movimientos migratorios mixtos.
- Ante la falta de mecanismos consolidados y específicos, es posible que el ACNUR y sus socios tengan que desarrollar respuestas a situaciones de emergencia que incluyan a TCN que no necesitan protección internacional.
- Si los perfiles de los TCN no se elaboran con precisión, se corre el riesgo de que sean evacuados a países con los que no mantienen ningún lazo o que sean objeto de violaciones de los derechos humanos tras su llegada.
Principales pasos
Identificación y elaboración de perfiles en un país en situación de crisis.
Se precisan enfoques determinados e independientes para evaluar y atender las necesidades y derechos de las diferentes categorías de personas. Los derechos de los nacionales de terceros países difieren de los de los refugiados, solicitantes de asilo y apátridas.
Los refugiados y solicitantes de asilo que huyen de un país en situación de crisis que previamente los acogió no perderán el derecho a la protección internacional. Se deben supervisar las evacuaciones para garantizar que no se devuelva de forma involuntaria a los refugiados o solicitantes de asilo a sus países de origen, ya que esto equivaldría a una devolución.
Los refugiados y solicitantes de asilo que desean retornar a sus países de origen deben poder acceder a procedimientos de repatriación voluntaria, lo que incluirá la determinación de la “voluntariedad” de su retorno.
Nacionales de un tercer país. Por lo general, la mayoría de los TCN pueden acreditar su nacionalidad. Su identidad y perfil deben, sin embargo, evaluarse detalladamente a fin de garantizar que se atienda cualquier cuestión relacionada con su protección y que se evacúe a estas personas al país correcto. Algunos TCN no tendrán lazos estrechos con sus países de origen; algunos incluso podrían no tener forma de acreditar su nacionalidad, por lo que precisarían asistencia adicional para que se concrete su evacuación. Cuando recopile información sobre los TCN, tenga en cuenta el riesgo de apatridia. En gran medida, la tramitación correrá a cargo de la OIM y otros organismos u organizaciones no gubernamentales (ONG) internacionales. No obstante, el ACNUR deberá permanecer continuamente informado para garantizar que tanto las personas con las que trabaja como para las que trabaja no sean catalogadas ni registradas como TCN o que los TCN que necesiten protección internacional sean remitidos a los procedimientos de asilo pertinentes o al procedimiento de determinación de la condición de refugiado del ACNUR.
La protección en países de acogida
Las personas con las que trabaja y para las que trabaja el ACNUR podrían ser capturadas durante el proceso de evacuación y sus necesidades podrían no ser evaluadas. Se debe supervisar los sistemas de ingreso para garantizar que las personas con las que trabaja y para las que trabaja el ACNUR sean correctamente identificadas y protegidas.
Las personas que no sean ciudadanas del país de acogida podrán solicitar protección internacional. Se debe identificar y remitir a dichas personas a los procedimientos de asilo nacionales o a los procedimientos de determinación de la condición de refugiado del ACNUR, según proceda. Es posible que sea necesario supervisar y apoyar a estas personas para asegurarse de que puedan acceder a los procedimientos de asilo nacionales cuanto antes y de una manera eficaz.
Los refugiados y solicitantes de asilo que han huido de un país en situación de crisis que previamente los acogió no deberían perder el derecho a la protección internacional. Se deberá verificar tanto su perfil como sus circunstancias individuales y se les deberá ofrecer soluciones apropiadas y mecanismos de protección que impidan que sean devueltos a sus países de origen.
La mayoría de los TCN no afirman ser refugiados. Sin embargo, es posible que necesiten asistencia inmediata para ser repatriados a su país de origen. Deben ser remitidos a la OIM.
Asistencia
Todos los civiles que huyan de un conflicto o de un desastre, con independencia de su nacionalidad, condición o trasfondo, deben recibir una asistencia que les provea protección física inmediata y acceso a servicios básicos (alimentación; alojamiento; agua, saneamiento e higiene; salud y nutrición; y educación).
Es posible que la contribución del ACNUR, en el contexto de una respuesta humanitaria conjunta a una crisis, consista en proporcionar a las personas evacuadas artículos no alimentarios o alojamiento temporal.
Las partes interesadas relevantes, como la OIM, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y el Programa Mundial de Alimentos (PMA), podrían verse en la necesidad de atender otras necesidades específicas de los TCN, entre las que podrían incluirse: búsquedas de familiares; necesidades psicosociales; protección de niños no acompañados y separados de sus familias, y protección de otras personas con vulnerabilidades específicas.
Distinción de TCN: lista de verificación para el personal directivo
Establecer sistemas eficaces de identificación de personas con necesidades de protección; dichos sistemas deben distinguir a los TCN de los solicitantes de asilo, refugiados y apátridas.
Asegurarse de que los socios responsables de los TCN verifiquen sus vínculos con los países de origen. Estar atento al riesgo de que las personas se conviertan en apátridas.
Asegurarse de que se implementen procedimientos de identificación y elaboración de perfiles, y que estos remitan a las personas a diversos organismos en función de sus necesidades; esto podría derivar en remisiones a organizaciones asociadas, como la OIM o consulados pertinentes.
Satisfacer, en colaboración con organismos asociados y autoridades gubernamentales, las necesidades físicas y psicosociales básicas de todas las personas al momento de su llegada.
Anexos
Contactos principales
En primera instancia, el Representante Adjunto del ACNUR (Protección), el Representante Auxiliar del ACNUR (Protección), el Oficial Superior de Protección del ACNUR en el país, el Representante Regional Adjunto o Asistente (Protección) del ACNUR, el Oficial de Protección Regional de la oficina regional (si aplica) o el Asesor Jurídico Regional Superior de la oficina regional del ACNUR designada para la región del país en cuestión, la cual estará en contacto, según sea necesario, con la unidad de pertenencia de la División de Protección Internacional del ACNUR.
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