mostrar menú

Personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI)

Última actualización:
Puntos clave
  • Asegúrese de el personal conoce las directrices internacionales y nacionales sobre la protección de las personas LGBTI de interés.
  • Asegúrese de que el personal que está en contacto directo con personas de interés esté sensibilizado con respecto a los riesgos y necesidades de las personas LGBTI.
  • Cree espacios seguros e identifique a las personas LGBTI de interés. Hágalo de con sensibilidad; proteja su confidencialidad y seguridad.
  • Consulte a las personas LGBTI a la hora de evaluar sus necesidades y capacidades. Recuerde, las personas LGBTI no constituyen un grupo homogéneo. Tienen distintas necesidades y capacidades.
  • Asegúrese de que todos los procesos y prácticas (consideraciones de unidad familiar, registro, etc.) sean inclusivos.
  • No dé por supuesto que las personas de sexo, orientación sexual e identidad de género diversos son iguales.
  • No asuma que no hay personas de sexo, orientación sexual e identidad de género diversos en las poblaciones con las que trabaja.

Líneas generales

Cómo definimos a las personas LGBTI

En muchas sociedades las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI) son objeto de vulneraciones graves de los derechos humanos porque no se ajustan a las normas de género establecidas culturalmente. Debido a su orientación sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales, reales o percibidas, las personas LGBTI se encuentran en situación de mayor riesgo de violencia, abuso, discriminación y explotación al inicio de una emergencia, en tránsito y cuando llegan a los países de asilo. Muchos intentan ocultar su orientación sexual, su identidad de género o sus características sexuales con el fin de evitar peligros, lo que hace que sea más difícil para el ACNUR y sus asociados identificarlos, proporcionales servicios humanitarios y garantizar que los procedimientos de asilo respondan adecuadamente a sus necesidades. Necesitan respuestas específicas de protección y pueden también requerir formas específicas de asistencia humanitaria.

Nota sobre la terminología.

En la actualidad se utiliza una gran variedad de términos para dirigirse y referirse a las personas de orientación sexual, identidad de género, expresión de género y características sexuales diversas (véase a continuación). Si bien reconoce que el lenguaje evoluciona, el ACNUR utiliza las siglas LGBTI como término general para describir a distintos grupos de personas que no se ajustan a las nociones convencionales o tradicionales de los papeles de género masculino y femenino. Existen otros términos como LGTBI+, LGBTQ, LGBTQAI, queer, etc.

En cada contexto, asegúrese de que su personal sabe cuáles son los términos adecuados y qué términos se consideran peyorativos y deben evitarse. Las organizaciones locales de personas LGBTI pueden ser un recurso útil a este respecto. Cuando trabaje con personas LGBTI y no sepa qué término utilizar, ¡PREGÚNTELES!

Las siguientes definiciones son importantes:

LGBTI: siglas para referirse a personas «lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales» que se utiliza también como abreviatura de «personas de orientación sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales, diversas».

Lesbiana: mujer cuya atracción romántica, emocional o física va dirigida siempre hacia otras mujeres.

Gay: hombre cuya atracción romántica, emocional o física va dirigida siempre hacia otros hombres. Este término puede utilizarse para describir a mujeres que se sienten atraídas por otras mujeres.

Bisexual: individuo que tiene la capacidad de sentirse atraído de forma romántica, emocional o física hacia personas del mismo sexo o género y hacia personas de distinto sexo o género.

Cisgénero: término general para describir a personas cuya identidad de género corresponde al sexo biológico asignado al nacer. Pueden tener una variedad de orientaciones sexuales.

Transgénero: término general utilizado por las personas cuya identidad de género y, en algunos casos, expresión de género difiere de la que se asocia habitualmente con el sexo que les fue asignado al nacer. Pueden tener también orientaciones sexuales variadas.

Intersexual: término general que describe una amplia gama de variaciones del cuerpo en cuanto a características sexuales (por ejemplo, genitales, gónadas, órganos reproductivos y patrones cromosómicos) que no encajan en las nociones binarias habituales de cuerpos masculinos o femeninos. Las personas intersexuales no necesariamente tienen una identidad de género o una orientación sexual según la norma. En lugar de eso, sus cuerpos tienen características sexuales distintas a la norma. No debe considerárselas iguales a las personas transgénero.

Homosexual: persona cuya atracción romántica, emocional o física es hacia personas del mismo sexo. En inglés puede considerase un término clínico anticuado que debe evitarse.

Orientación sexual: capacidad permanente de cada persona de tener sentimientos o atracción romántica, emocional o física hacia personas de un sexo o género determinado.

Identidad de género: experiencia del género que cada persona siente intensamente en su interior, y que puede corresponder o no con el sexo asignado al nacer o el género atribuido por la sociedad en base al sexo asignado al nacer.

Expresión de género: manifestación externa de la identidad de género de una persona, que se expresa a través del nombre, de pronombres, de su comportamiento, ropa, corte de pelo, voz o características corporales.

Sexo: clasificación de una persona como individuo con características femeninas, masculinas o intersexuales. Normalmente se asigna a los niños un sexo al nacer en función de la apariencia de su anatomía externa. El sexo de una persona es una combinación de características corporales, incluidos los cromosomas, los órganos reproductivos y las características sexuales secundarias. Se trata de un marcador biológico.

SOGIESC: siglas en inglés para designar la orientación sexual, la expresión de la identidad de género y las características sexuales. Se utiliza para describir las orientaciones sexuales y las expresiones de la identidad de género en su plena diversidad, así como las basadas en las características sexuales.

Guía principal

Objetivos de protección

Los objetivos de protección del ACNUR con respecto a las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI) son los siguientes:

  • Sensibilizar al personal del ACNUR y de los asociados con respecto a los riesgos específicos y las necesidades de protección de las personas LGBTI.
  • Garantizar que el ACNUR y sus oficinas asociadas, instalaciones de registro, centros de recepción, puntos de prestación de servicios, etc., sean espacios de acogida, confidencialidad y seguridad para las personas LGBTI de interés.
  • Consultar a las personas LGBTI de interés y asegurarse de que sus opiniones conforman el diseño, aplicación, supervisión y evaluación de las respuestas de emergencia.
  • Garantizar que las personas LGBTI de interés no sufren discriminación, son tratadas con respeto y participan plenamente en las decisiones que les afectan.
  • Garantizar que todas las respuestas incluyan a las personas LGBTI y consideren sus capacidades y necesidades específicas en lo que a la edad, el género y la diversidad (EGD) se refiere.
  • Establecer sistemas adecuados para prevenir, mitigar y responder a la violencia contra las personas LGBTI y a su explotación y abuso durante una emergencia.

Principios y normas subyacentes

El Código de Conducta guía al personal a la hora de adoptar decisiones éticas en sus vidas profesionales y personales. Se trata de un código moral que no tiene fuerza de ley.

Esta política refuerza el compromiso del ACNUR de garantizar que las personas sean el elemento central de todo lo que hacemos. Consolida nuestros compromisos existentes con una fuerte orientación de EGD, Rendición de cuentas de las Personas Afectadas (AAP, por sus siglas en inglés) y compromisos con las mujeres y las niñas. Define seis áreas de intervención y diez acciones obligatorias fundamentales para todas las operaciones y sedes principales del ACNUR.

Brindar orientación legal para los gobiernos, los abogados, las personas encargadas de la toma de decisiones y la judicatura, así como para el personal del ACNUR que lleva a cabo la determinación de la condición de refugiado bajo mandato

Proporciona orientación práctica sobre cómo proteger los derechos de las personas LGBTI de interés y prevenir la discriminación.

Riesgos de protección

 

Riesgos
Las personas LGBTI no constituyen un grupo homogéneo. Si bien pueden tener riesgos e inquietudes similares, cada persona y población tiene preocupaciones distintas que derivan de la intersección de su orientación sexual, su identidad de género y sus características sexuales con su género, su edad y otras características de diversidad (como discapacidad, raza y religión).

Riesgos de protección

Específicos

 

 

  • Las mujeres lesbianas pueden sufrir persecución por su género y su orientación sexual y pueden verse expuestas con más frecuencia a violencia de género –que puede incluir los crímenes de honor y la violación– a manos de otras personas, entre ellos, miembros de su familia y de su comunidad. Dada su situación social y económica, pueden tener dificultades para acceder a los procedimientos de asilo, a la policía o a otras formas de protección y apoyo en los países de asilo. Es posible que algunas mujeres lesbianas hayan sido obligadas a contraer un matrimonio heterosexual y puede que hayan tenido hijos de dichos matrimonios.
  • Los hombres gais tienden a vivir vidas más públicas que las lesbianas y por ello, suelen correr un riesgo más inmediato de sufrir daños, incluso por parte de agentes estatales en países en los que las relaciones entre hombres constituyen un delito. Los hombres gais pueden ser más reacios a revelar a las autoridades o a los proveedores de servicios los abusos sexuales que puedan haber sufrido.
  • Las personas bisexuales pueden pasar prácticamente inadvertidas. Normalmente se les persigue porque se les percibe como gais o lesbianas. Su capacidad de sentirse física, romántica o emocionalmente atraídos tanto por hombres como por mujeres puede crear la percepción errónea de que su sexualidad es una cuestión de elección y no de identidad. Pueden ser estigmatizados tanto por las comunidades heterosexuales como por las no heterosexuales.
  • Las personas transgénero[AN1] suelen ser objeto de violencia y de grave marginación. Con frecuencia experimentan abuso y discriminación por parte de las autoridades estatales y odio por parte de los miembros de su familia y su comunidad. Suelen sufrir abusos sexuales por parte de agentes estatales y no estatales. Excluidas a menudo de la educación y del acceso a la vivienda y al empleo, las personas transgénero suelen recurrir al trabajo sexual para sobrevivir. Con frecuencia no pueden acceder a servicios médicos que les son muy necesarios.
  • Las personas intersexuales pueden sufrir persecución porque no se ajustan a las expectativas de género convencionales o se considera que tienen algún tipo de discapacidad física debido a su anatomía sexual atípica. Pueden ser objeto de maltrato ritual cuando se cree que dicha diversidad corporal es algo malo. A menudo son objeto de intervenciones quirúrgicas forzosas, incluida la esterilización, sin su consentimiento. En ocasiones, también los familiares de las personas intersexuales se encuentran en situación de riesgo.


General

 

 

  • Los lugares públicos suelen suponer un riesgo para las personas LGBTI: refugios temporales, refugios colectivos, instalaciones de saneamiento, como duchas y baños; zonas centralizadas de distribución de ayuda y colas (si se les estigmatiza o quienes supervisan las colas los excluyen); puntos o centros de información o registro; centros de salud o asesoramiento; oficinas oficiales, entre ellas, comisarías de policía y puestos militares; o instalaciones de detención. Las comunidades de acogida pueden estigmatizar, acosar o discriminar a las personas LGBTI; también sus familias y comunidades pueden hacerlo.
  • Las parejas del mismo sexo y sus familias pueden ser separadas si el alojamiento está diseñado para albergar a personas o parejas de distinto sexo. Asimismo, es posible que no se trate a las parejas del mismo sexo con la debida consideración cuando se presten los servicios. Puede que los criterios de distribución no reconozcan a las parejas del mismo sexo y, en consecuencia, es posible que las excluyan de ayuda esencial para familias. Las personas transgénero e intersexuales pueden ser situadas en alojamientos que no se correspondan con su identidad de género preferida sino con el sexo asignado al nacer.
  • El contenido de los paquetes de asistencia puede no ser adecuado para algunas personas LGBTI. Por ejemplo, los hombres transgénero pueden necesitar compresas higiénicas y las personas intersexuales pueden requerir terapia hormonal sustitutiva.
  • Los mecanismos de respuesta y las infraestructuras en las que normalmente confían las personas LGBTI pueden quedar sin capacidad o destruidos. Entre ellos cabe destacar los espacios e instalaciones públicos seguros como centros de salud y centros comunitarios no discriminatorios.


[AN1]UNTERM

 

Otros riesgos

La reputación del ACNUR y sus asociados puede verse dañada si no cumplen con su responsabilidad de proteger a todas las personas de interés.

Puntos de decisión claves

  • Asegúrese de que todo el personal y los asociados entienden las necesidades específicas de protección de las personas LGBTI, ya sea mediante formación o revisando la guía del ACNUR El trabajo con personas lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersexuales durante el desplazamiento forzado.
  • Asegúrese de que todas las instalaciones del ACNUR y de los asociados son acogedoras y seguras para las personas LGBTI de interés.
  • Asegúrese de que todo el personal y los asociados, entre ellos, los conductores y los guardas de seguridad, son conscientes de qué comportamientos son o no apropiados cuando se trabaja con personas LGBTI. El Código de conducta establece normas claras y requiere a los gestores que adopten medidas cuando se detecten comportamientos inadecuados.
  • Puede que sea preciso identificar asociados adecuados, sobre todo en ausencia de servicios nacionales (fiables).
  • Establezca sistemas que deriven siempre a las personas LGBTI a los proveedores de servicios pertinentes y garantice que todos los servicios sean accesibles sin discriminación.

Pasos clave

Procedimientos de identificación y evaluación

 

  • Identifique a las personas LGBTI y contacte con ellas. Si es posible, consulte a los agentes de la sociedad civil, a las organizaciones no gubernamentales (ONG) y a otras organizaciones de la sociedad civil. Recuerde que las personas LGBTI pueden buscar deliberadamente pasar desapercibidas por su propia seguridad. Su primera responsabilidad es proteger su confidencialidad y seguridad. No dé por supuesto que las personas LGBTI tienen un aspecto determinado o actúan o se comportan de una forma concreta.
  • Cree espacios seguros y garantice que se forma al personal y a los asociados para trabajar y comunicarse con las personas LGBTI. Establezca un entorno en el que las personas LGBTI se sientan seguras y den un paso adelante para buscar la ayuda que necesitan.
  • En sus centros de recepción, instalaciones de registro y puntos de prestación de servicios, incluya material visual con mensajes clave para las personas LGBTI. Asegúrese de que existan líneas confidenciales u otros canales de información y de que las personas que no puedan acceder a los servicios directamente los conozcan.
  • Durante la evaluación, tenga en cuenta que las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales y otras personas de orientación sexual e identidad de género diversas se enfrentan a riesgos distintos y tienen necesidades y prioridades diferentes. No son un grupo homogéneo, y no debería tratárseles como tal. Determine sus necesidades particulares.
  • Los servicios de apoyo deberían incluir a las personas LGBTI de interés en toda la programación de protección y asistencia. En algunas situaciones puede que sea preciso adoptar medidas específicas y realizar adaptaciones.
  • Asegúrese de que se abordan adecuadamente las necesidades urgentes de las personas LGBTI, por ejemplo, la asistencia psicosocial y de salud mental, la salud, el alojamiento, los alimentos y los artículos no alimentarios. Tome medidas específicas cuando sea necesario. Incluya a las personas LGBTI en programas de prevención y respuesta a la violencia sexual y de género, y colabore con asociados cuando sea posible.
  • Diseñe sistemas de derivación confidenciales, seguros y eficaces haciendo una lista de las necesidades de las personas LGBTI en colaboración con ONG sensibilizadas con las cuestiones LGBTI y con otros proveedores de servicios pertinentes.


Acceso a los servicios

 

 

  • Responda de forma rápida y adecuada a las necesidades específicas de las personas LGBTI. Haga inventario de las entidades asociadas, los mecanismos de derivación y las capacidades de la comunidad.
  • Trabaje con asociados, con otros actores y, cuando sea posible, con las autoridades, para establecer disposiciones adecuadas y seguras en materia de vivienda.
  • Asegúrese de que las personas LGBTI tengan acceso sin discriminación a servicios como el asesoramiento, servicios sanitarios y de salud mental y apoyo psicológico y que se les incluya en los programas dirigidos a las personas de interés. Revise sus programas de respuesta para determinar dónde pueden estar en situación de mayor riesgo las personas LGBTI. Tenga en cuenta que no siempre es seguro que las personas LGBTI accedan a los servicios generales. Por ejemplo, muchos centros sanitarios públicos tienen la obligación legal de informar sobre casos de violencia sexual y de género a las fuerzas del orden, lo que puede suponer un riesgo adicional para las personas LGBTI.


Prevención del abuso y la explotación

 

 

  • Adopte medidas para establecer sistemas adecuados de prevención y respuesta a la violencia, la explotación y el abuso de las personas LGBTI. Establezca, para ello, mecanismos de control.
  • Garantice que las personas LGBTI puedan acceder a los sistemas de retroalimentación y que se abordan los problemas de los que se informa a través de dichos sistemas.


Inclusión e intercambio de información

 

 

  • Asegúrese de que se consulta a las personas LGBTI de interés y de que participan de forma significativa en el diseño, aplicación, supervisión y evaluación de los programas que les afectan.
  • Ofrezca información, en diferentes formas y en lugares distintos, sobre cómo y dónde pueden buscar apoyo las personas LGBTI.
  • Asegúrese de que los procedimientos de documentación y las decisiones tienen en cuenta e incluyen a las personas que no se ajustan a las expectativas de sexo y género convencionales. Asegúrese de que no se les niega el acceso a los programas de protección y asistencia.
  • Garantice que la oficina de recepción sea un entorno seguro y acogedor y que el registro se realice de forma no discriminatoria. Puede que deba establecer disposiciones específicas para el registro.
  • Ayude a los proveedores de servicios a hacer que sus programas sean inclusivos y accesibles para las personas LGBTI de interés.


Concienciación y promoción

 

 

  • Incluya en las actividades de concienciación y formación con asociados las distintas cuestiones de protección a las que las personas LGBTI deben hacer frente.
  • Ofrezca formación específica para garantizar que el personal, los intérpretes y otros actores pertinentes (en el gobierno y en la sociedad civil) entienden las necesidades particulares y las vulnerabilidades de las personas LGBTI en el desplazamiento forzado.

 

Consideraciones principales en materia de gestión

  • Se debe contar con personal bien preparado y recursos suficientes para satisfacer las necesidades específicas de las personas LGBTI de interés.
  • Refuerce la capacidad del personal de protección y los asociados para responder a las necesidades protección de las personas LGBTI. Incorpore los esfuerzos por abordar las cuestiones que afectan a las personas LGBTI a todos los sectores pertinentes.
  • Establezca mecanismos para supervisar la seguridad y el nivel de protección de las personas LGBTI.
  • Inste a los servicios nacionales y a los asociados a que sigan comprometidos con el apoyo a las personas LGBTI.

Recursos y asociaciones de colaboración

Personal

 

  • Es de particular importancia contar con el personal que trabaja en protección, en protección comunitaria, en salud, educación, medios de subsistencia y otros sectores técnicos. Lo ideal sería que cada operación contará con un centro de coordinación formado y competente para tratar con personas LGBTI.


Recursos financieros

 

 

  • Se requerirán recursos financieros para planificar y poner en marcha los servicios, intervenciones y programas pertinentes.


Formación

 

 

  • Asegúrese de que el personal, los intérpretes y otros agentes pertinentes (en los gobiernos y la sociedad civil) puedan recibir formación sobre los riesgos concretos a los que se enfrentan las personas LGBTI y sobre sus necesidades específicas. Lo más adecuado sería que la formación se llevara a cabo antes de que tuviera lugar una emergencia.


Asociaciones

 

 

  • ONG nacionales e instituciones gubernamentales sensibilizadas con las personas LGBTI. Entre las ONG internacionales conocidas por su competencia cabe destacar ORAM, ILGA y HIAS. Con frecuencia, estos asociados pueden proporcionar también servicios de salud mental y apoyo psicosocial cuando se requiera.
  • Estudie qué asociaciones LGBTI nacionales pueden prestar servicios a personas LGBTI.

 

Aprendizajes y prácticas de campo

Contactos principales

Como primer recurso póngase en contacto con el representante adjunto del ACNUR (Protección), el representante asistente (Protección), el funcionario superior de Protección o el funcionario superior de Protección comunitaria en el país.
También puede contactar con el director de protección del ACNUR, con el director adjunto (Protección), el coordinador superior de Protección, el funcionario superior de protección o el funcionario superior de Protección comunitaria de la Oficina Regional.
La persona con la que contacte le servirá de enlace, según proceda, con la correspondiente unidad técnica del Departamento de Protección Internacional (DPI) del ACNUR.

En esta sección:

Háganos llegar su opinión

Háganos saber su opinión sobre el nuevo sitio y ayúdenos a mejorar su experiencia de usuario...

Háganos llegar su opinión

Háganos saber su opinión sobre el nuevo sitio y ayúdenos a mejorar su experiencia de usuario...

Ayúdanos a mantener el manual actualizado
Sugerir una mejora para esta página

Le damos la bienvenida a la nueva página web del Manual para situaciones de emergencia del ACNUR. Los miembros del personal del ACNUR pueden acceder utilizando sus datos de inicio de sesión. A partir del 1 de abril de 2023, todos los usuarios que no formen parte de la plantilla del ACNUR pueden volver a registrarse aquí.