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Definición de “desplazados internos”

Última actualización:
Puntos clave
  • Las leyes, políticas y estrategias nacionales (o el instrumento regional, cuando proceda) sobre los desplazamientos internos deben ser coherentes con los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de las Naciones Unidas.
  • La definición de desplazados internos que se adopte a nivel local, nacional y regional ha de ser coherente con (y no reducir el alcance de) la recogida en los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de las Naciones Unidas.
  • Un desplazado interno no posee una condición jurídica que se pueda otorgar, denegar o suspender.
  • Entre los desplazados internos puede haber personas que tengan la ciudadanía del país o la residencia habitual en él.

Líneas generales

De acuerdo con los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de las Naciones Unidas, los desplazados internos son "personas o grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en particular como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes naturales o provocadas por el ser humano, y que no han cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida". Esta definición, no obstante, es de naturaleza descriptiva y no confiere una condición jurídica especial dado que los desplazados internos, al encontrarse en el interior de su país, siguen teniendo todos los derechos y garantías que los ciudadanos y residentes habituales de su país. Por lo tanto, las principales responsables de prevenir los desplazamientos forzados y proteger a los desplazados internos son las autoridades nacionales.

Si bien los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de las Naciones Unidas no son jurídicamente vinculantes, gozan de reconocimiento a escala mundial, debido a que se basan en el derecho internacional humanitario y en el derecho internacional de los derechos humanos. La Unión Africana, en particular, ha codificado los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de las Naciones Unidas con la 2009 Convención para la Protección y Asistencia a los Desplazados Internos en África (comúnmente denominada "Convención de Kampala", que estuvo precedida en 2006 por el Protocolo de los Grandes Lagos sobre protección y asistencia de los desplazados internos).

Relevancia para operaciones de emergencia

Los desplazados internos, debido a su situación de desplazamiento forzado, presentan una vulnerabilidad intrínseca a la privación, a sufrir nuevos desplazamientos y a otros riesgos relacionados con la protección, como la falta de acceso a los servicios básicos, la separación familiar, la violencia sexual y de género, la trata de seres humanos, la discriminación o el acoso. En vista de dichas vulnerabilidades y necesidades especiales, los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos pretenden garantizar que los desplazados internos, como ciudadanos o residentes habituales de su país, disfruten de los mismos derechos y libertades que prevé la legislación nacional e internacional para el resto de personas que viven en su país, en pie de igualdad y sin discriminación. Esto incluye la libertad de circulación y el derecho a elegir el lugar de residencia. Al mismo tiempo, los desplazados internos conservan el derecho, en todo momento, a buscar su seguridad en otra parte de su país, a solicitar asilo y a recibir protección contra el regreso forzado o el reasentamiento en "cualquier lugar donde su vida, seguridad, libertad y salud se encuentren en peligro".

Guía principal

Descripción y líneas directrices

La definición del concepto de desplazados internos contiene dos elementos importantes: el carácter involuntario del desplazamiento y el hecho de que este se produce dentro de las fronteras nacionales. Por lo tanto, los desplazados internos se diferencian de las personas que pueden permanecer seguras en su lugar de residencia pero han optado por abandonarlo por voluntad propia, sin coerción. Los desplazados internos también se distinguen de los refugiados, ya que no han cruzado una frontera territorial reconocida internacionalmente y, en consecuencia, no necesitan obtener una condición jurídica y social especial como consecuencia del hecho de encontrarse fuera de su país y no contar con la protección de este. Como ya se ha explicado anteriormente, los desplazados internos tienen los mismos derechos y garantías que el resto de personas que residen habitualmente en su país.

La definición de desplazados internos hace referencia a los factores que desencadenan el desplazamiento interno, como un conflicto armado, la violencia generalizada, las violaciones de los derechos humanos y los desastres naturales o causados por el hombre. No obstante, esta lista es meramente enunciativa y no limitativa, tal como indica la expresión "en particular". A su vez, la expresión "como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado" reconoce también que las personas pueden verse internamente desplazadas tras sufrir los efectos de la coerción o como anticipo a dichos efectos.

De conformidad con la definición de desplazados internos, determinados grupos, como las comunidades indígenas o los ganaderos desplazados debido a que sus rutas migratorias han quedado bloqueadas por el conflicto, por minas terrestres o por la inseguridad, pueden considerarse desplazados internos. Las personas sin hogar y las comunidades urbanas pobres, no obstante, no se consideran automáticamente desplazados internos aunque sufran marginación, pobreza y violaciones de los derechos humanos en las zonas en las que residen. En esa misma línea, la definición de desplazados internos no engloba a las personas que se desplazan por motivos económicos.

Los migrantes irregulares o los nacionales de terceros países que se encuentran en situaciones similares a las de los desplazados internos tienen derecho a recibir protección y asistencia en virtud del derecho internacional humanitario y del derecho internacional de los derechos humanos. Los refugiados, como ya se ha expuesto, poseen una condición jurídica especial por encontrarse fuera de su país de origen y, por tanto, carecer de la protección de este.

Pese a la ausencia de condición jurídica, una persona puede ser considerada como un desplazado interno hasta que se encuentre en una situación estable, algo que sucede cuando sus necesidades de asistencia y protección ya no están directamente asociadas a su situación de desplazamiento y la persona disfruta de sus derechos humanos sin discriminación derivada de su situación de desplazamiento. Las autoridades nacionales tienen la responsabilidad primordial de ofrecer soluciones duraderas a los desplazados internos; los agentes humanitarios internacionales y los que trabajan en el ámbito del desarrollo desempeñan un papel complementario. Por otra parte, se alcanza una solución estable cuando la persona se (re)integra de manera sostenible en:

  • una zona en la que se le ha proporcionado refugio (asentamiento local);
  • otra zona de su país (asentamiento en otro lugar del propio país), o bien
  • su lugar de origen (retorno sostenible).

Contactos principales

Puede acudir en primera instancia al Representante del Departamento de Protección del ACNUR, al Representante Auxiliar del Departamento de Protección del ACNUR o al alto funcionario encargado de la protección en el país; o bien, al Representante (Auxiliar) Regional del Departamento de Protección del ACNUR y/o al alto funcionario regional encargado de la protección en la oficina regional (si procede); o al alto asesor jurídico regional en la dirección regional respectiva del ACNUR (con jurisdicción sobre la región del país en cuestión), quien a su vez se pondrá en contacto con la dependencia principal del Departamento de Protección Internacional (DPI) que proceda.

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